Términos y condiciones TUU Pago

UNO. ANTECEDENTES.-

Haulmer SpA, Rol único Tributario 76.795.561-8 (“Haulmer”), es una sociedad por acciones que se dedica, entre otras cosas, a la Provisión de Servicios para Procesamiento de Pagos conforme las definiciones establecidas en el Capítulo III.J.2 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile a través de su marca TUU.

En tal carácter, Haulmer a través de su marca TUU presta servicios que comprenden: (i) La autorización y registro de las transacciones que efectúen los titulares o usuarios de tarjetas de pago; (ii) Las gestiones de afiliación de entidades al sistema, sin que las mismas comprendan la provisión de servicios normados como parte de la operación de tarjetas de pago; y, (iii) La provisión de terminales de punto de venta que permitan la autorización, captura, agregación y comunicación de operaciones de pago, para que posteriormente sean procesadas por un operador para fines de su liquidación y/o pago; entre otras.

Los presentes términos y condiciones son aplicables a los sistemas de tarjetas de pago a canal presencial correspondiente a las marcas en que Haulmer cuente con licencia para operar (el “Servicio Haulmer Pago”). Tales marcas se indican en Anexo 1 a los presentes términos y condiciones. Es derecho de Haulmer incorporar nuevas marcas de tarjetas de pago a la operación, o bien, dejar de operar una o más marcas de tarjetas de pago, bastando para ello una simple comunicación al Cliente a través del correo electrónico indicado al momento de realizar el registro o a través de la plataforma web de Haulmer, www.tuu.cl.  El Servicio Haulmer Pago incorpora la aceptación de todas las tarjetas de pago, para las cuales tiene licencia de operar y aquellas que en futuro incorpore.-

Los presentes términos y condiciones (“T&C”) tienen por objeto definir el Servicio Haulmer Pago que Haulmer presta a sus Clientes, así como las características, condiciones y obligaciones que las partes asumen en virtud del Servicio Haulmer Pago.

DOS. DEFINICIONES.-

Cliente: Toda persona natural o jurídica que, aceptado los presentes términos y condiciones, contrate el Servicio TUU Pago. Los Clientes deberán cumplir con todos los requisitos y condiciones establecidos en el presente documento, especialmente la adquisición del terminal físico establecido en la cláusula cinco de estos T&C por parte del Cliente.

Cuenta Pagos Haulmer: La cuenta a que se refiere la cláusula ocho de los presentes términos y condiciones.

Haulmer: Corresponde a la sociedad Haulmer SpA, individualizada al inicio del punto uno precedente

Tarjeta de Pago: cualquier instrumento o dispositivo físico, electrónico o informático que cuente con un sistema de identificación único del respectivo medio de pago y cuyo soporte contenga la información y condiciones de seguridad acordes con tal carácter que permita a su titular o usuario disponer de un crédito o, en su caso, de recursos depositados en una cuenta o derivados de una provisión de fondos, según la naturaleza de la tarjeta respectiva. Ello, para la adquisición de bienes, el pago de servicios o la extinción de otras obligaciones de pago, en los establecimientos comerciales, de servicios u otras instituciones que se encuentren afiliados al respectivo sistema que importen aceptar el citado instrumento como medio de pago.

Tarjeta habiente: el titular de una tarjeta de pago.

TRES. OBLIGACIONES DEL CLIENTE.-

La afiliación al Servicio TUU Pago, impone al Cliente las siguientes obligaciones:

3.1 Proporcionar a Haulmer la información que este último le solicite, de forma completa, exacta, veraz y fidedigna.

3.2 Registrar una Cuenta de Pagos en www.tuu.cl y mantener en reserva sus claves de acceso a esa plataforma. El Cliente tiene la obligación de mantener actualizados sus datos personales en todo momento. Haulmer se reserva el derecho de comprobar los datos personales indicados por el Cliente y, asimismo, podrá cancelar temporal o definitivamente una cuenta en caso de infracción a la referida obligación.

3.3 En caso de que el Cliente tome conocimiento de la pérdida, extravío o hurto de sus claves de acceso, deberá dar inmediato aviso a Haulmer a través de soporte@haulmer.com.

3.4 Mantener actualizada la información a que se refiere el punto 3.1 precedente y comunicar a Haulmer cualquier cambio o actualización de la misma.

3.5 Adquirir y mantener los dispositivos físicos de captura de transacciones individualizados en la cláusula cinco de los presentes términos y condiciones, bajo las condiciones allí establecidas.

3.6 Para los efectos de resguardar la integridad y seguridad del sistema, el Cliente se obliga a adoptar y mantener durante la vigencia o utilización del Servicio TUU Pago las siguientes medidas:

- Instruir y capacitar a su personal en el funcionamiento de los sistemas y dispositivos requeridos para la prestación del servicio, su operatoria y manejo del mismo.

- Dar cumplimiento, en el proceso de aceptación de tarjetas de pago, a toda la normativa aplicable a esta clase de transacciones, la cual el Cliente declara conocer.

- Descargar e instalar en los dispositivos aludidos en el número 2.5, las actualizaciones que Haulmer requiera y mantener actualizados en sus sitios web o aplicaciones los módulos de pagos provistos por Haulmer.

- Mantener a su costo las conexiones eléctricas, telefónicas y/o de internet con las capacidades necesarias para la correcta operación del Servicio TUU Pago.

- Abstenerse de utilizar el chip de datos para cualquier actividad que no esté directamente relacionada con la prestación del Servicio TUU Pago. Para estos efectos, se establece un límite de consumos de 2GB mensuales. Cualquier consumo por sobre el límite hará presumir un uso inadecuado del chip y datos, facultando a Haulmer a adoptar a su arbitrio alguna de las siguientes medidas: I. Cancelar el Servicio TUU Pago unilateralmente sin derecho a indemnización alguna y/o II. Cobrar el sobreconsumo según la tarifa vigente.

3.7 Aceptar en todas las tarjetas de pago referidas en el párrafo tercero de la cláusula primera.

3.8 No discriminar la aceptación de tarjetas de pago respecto de otros medios, como efectivo o cheque.

3.9 No fraccionar una venta de bienes o servicios en dos o más operaciones con tarjetas de pago, con excepción de que por su actividad sea una buena práctica realizarlo y comúnmente aceptada (por ejemplo, restaurantes).

3.10 Efectuar al Tarjetahabiente la entrega oportuna de los bienes o servicios cuyo pago se ha verificado mediante la aceptación de la tarjeta y cumplir con el Tarjetahabiente las obligaciones legales inherentes a la venta o servicio en cada caso cursado y las demás que impone la legislación, entre ellas, la Ley N° 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores.

3.11 Abstenerse de cursar las siguientes operaciones:

- Operaciones que no digan relación con bienes o servicios ofertados por el Cliente.

- Operaciones destinadas a proveer dinero en efectivo, préstamos, cambio de cheques o de otros efectos de comercio, operaciones de garantía, operaciones en las cuales no existe obligación civil o mercantil del Tarjetahabiente para con el Cliente, salvo autorización expresa y por escrito de Haulmer.

- Venta de bienes o servicios que: i. Que se encuentren prohibidos por las leyes; ii. No posean los requisitos o licencias impuestas por la ley; o, iii. Que atenten en contra de la moral o buenas costumbres.

3.12 Solicitar y obtener para el monto total de cada operación con tarjetas de pago al amparo del Servicio TUU Pago, la respectiva autorización en línea.

3.13 Procurar retener cualquier tarjeta de pago que se le presente y que mediante el sistema acuse orden de retención.

3.14 Registrar las operaciones con tarjetas de pago sólo en vales o comprobantes físicos o virtuales proporcionados o autorizados por Haulmer y conservar registro de los comprobantes de pago, boletas y facturas emitidos asociados a operaciones con tarjetas de pago por un período de 5 años desde cada operación y proporcionar tales registros en el más breve plazo, a requerimiento de Haulmer.

3.15 Pagar a Haulmer las tarifas y comisiones que sean procedentes de conformidad a lo establecido en la cláusula seis de los presentes T&C.

CUATRO. OBLIGACIONES DE HAULMER.-

Haulmer asume las siguientes obligaciones en relación con el Servicio TUU Pago:

4.1 Proveer al Cliente el servicio de red y de captura en línea de las operaciones con tarjetas de pago luego de que el Cliente haya adquirido el terminal físico de pago individualizado en la cláusula cinco y a través de la cuenta de pagos, los cuales constituirán los medios disponibles para la transmisión de las solicitudes de autorización y captura de transacción.

4.2 Procesar las solicitudes de autorización de operaciones y transacciones con tarjetas de pago, solicitudes de anulación de operaciones y otras solicitudes habilitadas en el sistema de Haulmer que se formulen por intermedio del hardware y software proporcionado o autorizado por Haulmer, y dar respuesta de aprobación o rechazo de las mismas.

4.3 Intervenir en el proceso de resolución de controversias y contra cargos de transacciones.

4.4 Proporcionar al Cliente los códigos de comercio y sucursal.

4.5 Pagar al Cliente, mediante depósito en su cuenta bancaria informada, conforme al programa de pago y plazos de abono convenidos en la antedicha solicitud, el valor total de las operaciones con tarjetas válida y correctamente cursadas al amparo de estos términos y condiciones, con deducción de las tarifas, impuestos, comisiones, servicios u otros que fueren aplicables, según se indica en la cláusula seis siguiente. Respecto de operaciones con tarjeta de crédito habilitadas y emitidas en Chile que se pacten en el sistema de cuotas comercio, el pago al Cliente será fraccionado en el mismo número de cuotas mensuales y sucesivas concedido al Tarjetahabiente y el plazo de pago de cada cuota se contará desde la fecha en que se haga exigible la obligación de pago de la cuota respectiva convenida con el Tarjetahabiente.

CINCO. TERMINAL FÍSICO.-

Con la finalidad de acceder al Servicio TUU Pago, es un requisito esencial que el Cliente adquiera de parte de Haulmer los siguientes complementos a los precios que se indican:

5.1 Terminal POS modelos Sunmi P2,P2 SE, P2 mini y P2 mini con escáner, los cuales se presenta en sitio www.tuu.cl con los nombres comerciales TUU PRO, TUU SE, TUU Mini y TUU Mini S. Serán adquiridos por el cliente al precio comercial establecido a la fecha de contratación en el sitio web mencionado. Estos equipos podrán ser pagados en un pago único o en modalidades complementarias especificadas en ese momento en el sitio web.

5.2 Chip de datos, según los valores definidos a la fecha de contratación en el sitio web www.tuu.cl

Mediante la aceptación de los presente T&C, el Cliente manifiesta saber y entender que los dispositivos enumerados previamente son esenciales para la prestación del Servicio TUU Pago y bajo ningún concepto pueden ser intervenidos por el Cliente o un tercero distinto a Haulmer.

SEIS. COMPRA TERMINAL  EN CUOTAS

Los terminales POS para procesamiento de pagos disponibles en www.tuu.cl podrán ser adquiridos bajo la modalidad de pago en cuotas, con descuento desde el abono de las ventas del cliente, si así se indica al momento de la compra en el sitio web mencionado. Para comprar equipo bajo dicha modalidad, el cliente pasará por un proceso de evaluación financiera, una vez pagado el monto de pie correspondiente al terminal POS seleccionado.

El cliente será notificado en un máximo de 2 horas hábiles, respecto a la aprobación o no de su solicitud. En caso de que el comercio sea aprobado, recibirá una factura por el valor total del terminal comprado y se realizarán los descuentos de las cuotas correspondientes de manera mensual desde sus abonos. En el caso que el comercio sea rechazado, tendrá la opción de solicitar la devolución del monto pagado por concepto de pie o avanzar en una compra de pago único realizando el pago de la parte faltante del valor del equipo.

Si el comercio no realiza el nivel de transacciones que permita cobrar a Haulmer las cuotas correspondientes, en un máximo de 6 meses, Halumer tendrá la facultad de aplicar acciones de regularización y cobranza.

SIETE. TARIFAS Y PLANES.

Una vez que el Cliente adquiera el terminal POS enunciado en el número anterior y se encuentre vigente en la validación de comercio respectivo, las tarifas del Servicio de Pago será la vigente en el sitio web tuu.cl en el momento de la contratación o la negociada de manera personalizada por el comercio con algún representante comercial de la empresa. En caso de existir una comisión personalizada debe contar con un respaldo por correo electrónico entre las partes. Las tarifas del servicio de pago podrán depender del plan y modelo tarifario al que el Cliente se encuentre afiliado, el tipo de tarjeta de pago,  la actividad económica informada por el mismo y del monto mensual de ventas . Las tarifas para cada uno de los planes y actividades económicas, podrá variar mensualmente según la variación de tasas que determinen los operadores de tarjetas de crédito u otras variaciones en el mercado, lo cual será informado al Cliente vía correo electrónico antes de su aplicación.

En cuanto a los planes, un Cliente TUU se puede suscribir a TUU o TUU+ dependiendo de los requerimientos de servicios que tenga. A contar del 10/06 2024 se aplica la modalidad de “trial” (tres meses gratis)  y tarifas diferenciadas solo para nuevos clientes que contraten TUU+ desde dicha fecha. Posterior a los 3 meses gratis, el cliente suscrito a TUU+ debe realizar el pago de licencia correspondiente para así poder seguir haciendo uso de sus características y beneficios. En caso de no realizar el pago mencionado, el Cliente pasará automáticamente a plan TUU, ajustándose a las características y beneficios de dicho plan. Los valores de cada plan, características y sus restricciones se encuentran disponibles en el Anexo 3.

OCHO. PROCEDIMIENTO DE AUTENTIFICACIÓN, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y AUTORIZACIÓN DE LAS OPERACIONES CON TARJETA.

8.1 Como medida de seguridad, para cada operación con tarjetas de pago, el Cliente requerirá de la respectiva autorización en línea utilizando el terminal de pago físico o virtual habilitado por Haulmer y solicitando al Tarjetahabiente el mecanismo de autenticación definido por el emisor de la tarjeta, mecanismo que se indicará a través del mismo terminal.

8.2 En operaciones presenciales, en el evento que la tarjeta esté dotada de chip, por razones de seguridad, para cautelar la certeza e integridad de la operación, el Cliente sólo podrá efectuar la transacción y solicitar la autorización a través del terminal autorizado por Haulmer mediante lectura de chip. Asimismo, en operaciones presenciales:

a) Requiriendo el terminal la exigencia de una o más claves, la operación sólo podrá ser cursada mediante ingreso de las claves requeridas.

b) Requiriendo el terminal la exigencia de firma física del Tarjetahabiente, la operación sólo podrá ser cursada obteniendo la autorización en línea y cumpliendo el Cliente los siguientes requisitos: i) verificar la identidad del Tarjetahabiente a través de la exhibición de su cédula nacional de identidad u otro documento idóneo si fuese extranjero no residente, siempre que el documento contenga la firma del titular; ii) dejar constancia escrita en el comprobante de pago del número del documento de identidad exhibido; iii) exigir al Tarjetahabiente cuya identidad ha sido verificada, la firma del comprobante de pago; y iv) por último, cotejar la conformidad de la firma del documento de identidad con la firma estampada en el comprobante de pago.

8.3 La autorización que en su caso se otorgue da cuenta únicamente que la transacción fue autorizada por el emisor de la tarjeta presentada; pero no implica un reconocimiento a que el Cliente haya dado cumplimiento a los demás requisitos de venta u operación requeridos en este instrumento.

8.4 El título que habilita al Cliente para exigir el pago de la operación efectuada con la tarjeta en cumplimiento de este contrato será el comprobante de pago original o mensaje de respuesta digital que contenga la autorización de la operación (lo cual dependerá del canal de pago utilizado), el cual deberá ser concordante con los archivos y datos de Haulmer. En caso de divergencia entre el comprobante y el archivo o registro del sistema Haulmer, primará el contenido de este último.

NUEVE. CUENTA DE PAGOS HAULMER.

9.1 Haulmer pondrá a disposición de sus Clientes una plataforma web y declara que utiliza cookies y balizas web en su sitio web www.tuu.cl, en sus aplicaciones y su política de privacidad se encuentra publicada en www.haulmer.com/legal

9.2 El Cliente ha sido informado, entiende y acepta que las firmas electrónicas simples o avanzadas que Haulmer le proporcione para operar en sus productos y/o servicios y así enviar instrucciones a Haulmer, tales como clave secreta u otro medio que se determine (“Firma Electrónica”), se asimilan jurídicamente a su firma manuscrita. En virtud de lo anterior, la utilización de la Firma Electrónica en las plataformas habilitadas al efecto importará, para todos los efectos legales, una manifestación de voluntad del Cliente en los términos previstos en la Ley N°19.799. De esta forma, el Cliente acepta -desde ya- que puede contratar productos y servicios de Haulmer a través de plataformas que se habiliten al efecto, utilizando la referida Firma Electrónica. El Cliente será responsable de todas y cada una de las operaciones que realice a través de www.haulmer.com, www.tuu.cl u otras plataformas habilitadas al efecto, por lo que todos y cada uno de los cargos generados como consecuencia de dichas operaciones, estén o no regulados por el presente instrumento, serán de su exclusiva responsabilidad.

9.3 Cualquier solicitud de contratación de nuevos productos o servicios que el Cliente realice a través de www.haulmer.com, www.tuu.cl u otras plataformas habilitadas al efecto, será evaluada por Haulmer, sin que ello constituya bajo ninguna circunstancia obligación o compromiso de aprobación de la solicitud y/u otorgamiento del producto o servicio solicitado. Haulmer podrá aprobar o rechazar la solicitud presentada por el Cliente, de acuerdo a los criterios objetivos y políticas comerciales y de riesgos internos del mismo.

9.4 Toda utilización, acceso y/u operación realizada por los apoderados o representantes del Cliente que hayan sido acreditados ante Haulmer, se entenderá, para todos los efectos legales, que han sido ejecutados o realizados por el Cliente. El Cliente velará por que sus apoderados cumplan con las normas de acceso y operación establecidas. La asignación, manejo y modificación de los elementos de la Firma Electrónica por parte de los apoderados es de exclusiva responsabilidad del Cliente, así como el secreto y reserva que deben observar respecto de la información obtenida a través de éste.

9.5 Por razones de seguridad, en caso de que -en cualquier momento- se produzcan errores consecutivos por parte del en la utilización de su Firma Electrónica, Haulmer procederá a bloquear su ingreso a www.haulmer.com, www.tuu.cl o las plataformas habilitadas al efecto, impidiendo el acceso a los mismos y/o imposibilitando su operación. En tal circunstancia, el Cliente deberá solicitar a Haulmer, la restitución del servicio, a través del correo electrónico soporte@haulmer.com. Haulmer podrá, por problemas técnicos, tales como corte operacional y/o caso fortuito o fuerza mayor, suspender temporalmente el suministro de estos servicios. Asimismo, Haulmer podrá efectuar mantenciones a los sistemas que importen una suspensión temporal de los servicios.

DIEZ. MODALIDADES DE OPERACIÓN CON TARJETAS.

10.1 Las operaciones con las tarjetas podrán ser presenciales o no presenciales, siendo las primeras aquellas en que, al momento de efectuarse la operación, se encuentra físicamente la tarjeta y su titular en el Cliente.

10.2 Haulmer ha implementado un servicio electrónico de captura de transacciones y autorización on-line en Internet denominado “Pasarela de Pagos”, el cual, mediante el uso de tecnología computacional, permite conectar al Tarjetahabiente, al Cliente y a Haulmer para ejecución de transacciones en línea. Dicha Pasarela de Pagos exige al Tarjetahabiente autentificación mediante ingreso de una o más claves, de modo que la autorización de la operación sólo podrá ser cursada mediante ingreso de las claves requeridas. El Cliente podrá activar este servicio y operar en la medida que: a) previo a la transacción, informar al Tarjetahabiente de manera clara y visible los términos y condiciones de la venta o servicio y el monto total de la venta o servicio, incluido impuestos, cargos por transporte u otros cargos a que hubiere lugar; b) emitir y despachar al Tarjetahabiente los documentos exigidos por las leyes vigentes y el comprobante de pago efectuado con Tarjeta; c) cumplir las normas contenidas en la Ley de Protección del Consumidor y demás leyes vigentes; y, en forma especial pero no excluyente, aquellas asociadas a venta remota o por medios tecnológicos a distancia; y, d) entregar el bien o proveer el servicio objeto de la operación o transacción y obtener recibo de la entrega o provisión del servicio.

10.3 Una vez efectuada la cobranza a los Tarjetahabientes y/o titulares de las tarjetas podrán presentarse operaciones que éstos rechacen, en cuyo caso Haulmer informará al Cliente, el cual deberá resolver directamente con el Tarjetahabiente y/o titular de la Tarjeta el pago de la operación respectiva, cesando en tal caso la obligación de Haulmer para con el Cliente respecto de la operación rechazada. De haberse efectuado el abono al Cliente del importe de la operación rechazada, se acuerda que Haulmer podrá reversar el abono mediante retención del mismo monto abonado, retención que podrá hacer Haulmer en cualquier liquidación mensual o pago futuro que deba efectuar al Cliente; y, si no se efectuare tal retención, podrá Haulmer efectuar la cobranza al Cliente conforme a lo establecido en el presente contrato o por otros medios que contemple la ley. No obstante, el Tarjetahabiente o titular no podrá rechazar una operación invocando que él no la realizó, cuando ésta hubiere sido aprobada mediante sistema de clave secreta.

ONCE. MODALIDAD DE PAGOS O ABONOS, LIQUIDACIÓN Y FACTURACIÓN.

11.1 Las operaciones con tarjetas de crédito, débito y prepago serán pagadas en los plazos de abono escogidos por el cliente en el sitio web www.tuu.cl, siendo siempre su cálculo sobre días hábiles. En caso de que el día de la operación o el día de pago o abono fuera día inhábil, estos se correrán al día hábil más próximo.

11.2 Haulmer realizará de manera mensual liquidaciones electrónicas respecto de las operaciones efectuadas con tarjetas por el Cliente y/o de sus abonos, las cuales estarán disponibles para ser consultadas por el Cliente en su sesión privada de la página web www.haulmer.com, debiendo el Cliente efectuar la revisión y conciliación respectiva. En el evento de existir discrepancias, el Cliente deberá comunicarlas a Haulmer a través de las plataformas habilitadas al efecto en un plazo de 30 días corridos contados desde la liquidación respectiva, transcurrido el cual ésta se entenderá aprobada irrevocablemente por el Cliente.

11.3 Por las tarifas y comisiones, cuando procediera, Haulmer emitirá de manera mensual facturas electrónicas, lo cual es aceptado por el Cliente. Tales facturas se despacharán al correo electrónico registrado por el Cliente en Haulmer y/o en el Servicio de Impuestos Internos. Las facturas se emitirán el último día hábil bancario del mes.

11.4 Haulmer podrá, una vez efectuado el pago de una operación al Cliente, exigir el reembolso íntegro del mismo, cuando detecte con posterioridad que éste no hubiere dado cumplimiento a uno o más de los requisitos y/o condiciones contenidos en este instrumento, quedando Haulmer facultado desde ya, para descontar el valor respectivo de cualquier abono o pago posterior que debiese efectuar al Cliente o efectuar el cobro directamente. La misma facultad existirá en el evento que Haulmer efectúe un pago indebido o en exceso al Cliente.

11.5 Haulmer podrá no pagar operaciones con Tarjetas o, si las hubiere pagado, descontar dicho pago de cualquier abono o pago posterior que debiese efectuar al Cliente, o efectuar el cobro directamente en los siguientes casos: a) operaciones en que el Cliente no hubiere dado cumplimiento a uno o más de los requisitos de operación o venta con Tarjetas correspondientes; b) servicios pagados con Tarjetas anticipadamente a su prestación y/o que no fueren prestados por el Cliente por cualquier circunstancia, y/o venta de bienes no entregados por éste; c) negativa del Cliente a proporcionar los comprobantes de pago, boletas, facturas o guías de despacho asociadas a operaciones con Tarjetas que hubieren sido requeridos por Haulmer; y, d) operaciones fraudulentas, indebidas, inconsistentes con la documentación de respaldo o inexactas.

DOCE. DURACIÓN DEL SERVICIO.-

El Servicio TUU Pago rige desde la fecha en que el Cliente solicite su Cuenta de Pago Haulmer y Adquiera los dispositivos definidos en la cláusula cinco.

12.1 El Servicio TUU Pago tendrá duración indefinida. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las Partes podrá ponerle término, en cualquier momento y sin expresión de causa, mediante aviso otorgado con a lo menos 30 días de anticipación a la fecha en que se desee que la terminación produzca sus efectos, de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula siguiente.

12.2 Cada parte puede poner término inmediato al Servicio TUU Pago en caso de incumplimiento de la otra parte de una o más de sus obligaciones consignadas en este documento.

12.3 La terminación del Servicio TUU Pago no habilita al Cliente a exigir reembolso ni compensación alguna por el precio que en su caso haya pagado por el POS y chip establecidos en la cláusula cinco.

TRECE. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES.-

Estas Condiciones podrán ser modificadas por Haulmer cuando lo considere oportuno. La versión más actualizada estará siempre disponible en el siguiente link www.haulmer.com/legal. Sin perjuicio de lo anterior, cada vez que los términos y condiciones sufran modificaciones, el Cliente recibirá una notificación en el correo electrónico que tenga registrado la Cuenta de Pagos Haulmer.

CATORCE. DOMICILIO Y ENCARGADO DE TRATAMIENTO DE DATOS.-

Para hacer efectivos los derechos que les reconoce la Ley 19.628, sobre protección de la vida privada, y, en especial, los derechos de información, acceso, modificación, bloqueo y eliminación, Haulmer ha nombrado a un Oficial de Seguridad, cuyos datos de contacto son los siguientes:

● Correo Electrónico: soporte@haulmer.com

● Dirección Postal: Prat 527, Curicó, Chile

● Teléfono de Asistencia: (+56 2) 2323 946 53.

QUINCE. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.-

Cualquier dificultad o controversia que se produzca entre el Cliente y Haulmer respecto de la aplicación, interpretación, duración, validez o ejecución del Servicio TUU Pago, de estos términos y condiciones o del contrato que los vincule o cualquier otro motivo será sometida a arbitraje, conforme al Reglamento Procesal de Arbitraje del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago (CAM Santiago), vigente al momento de solicitarlo.

Las partes confieren poder especial irrevocable a CAM Santiago, para que, a petición escrita de cualquiera de ellas, designe a un árbitro arbitrador de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago.

En contra de las resoluciones del arbitrador no procederá recurso alguno, renunciando las partes expresamente a ellos. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción.